Resumen: DESPIDO OBJETIVO. REALIZADO DURANTE LA VIGENCIA PANDEMIA COVID-19 Y VIGENCIA RD-LEY 9/2021. CALIFICACIÓN. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: La sentencia comentada rechaza una revisión fáctica y revoca la de instancia, desestimatoria de la demanda interpuesta por el beneficiario impugnando de la resolución del SPEE que le reconoció la prestación de desempleo descontando de los días de derecho como consumidos aquellos en que estuvo afectado por un ERTE COVID por fuerza mayor, considerando que el periodo de tiempo en que estuvo concernido por dicha medida de flexibilidad interna no debe computarse como consumido respecto a la nueva prestación de desempleo causada por el despido, al mantenerse vigente y resultar aplicable la medida prevista en el Art. 25.1.b Real Decreto Ley 8/20.